Beahavá Ubeemuná
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Parashat Mishpatim     29 de Shvat 5767     Shabat Shkalim     No 604

La edición es dedicada en memoria de
Rav Yair Uriel z”l
Con su amabilidad, cariño y buenas virtudes
conjugado con su gran sacrificio
en el estudio y la enseñanza de la Torá
constituyó por muchos años un ejemplo
para todos los alumnos de Majón Meir
Bendita sea su memoria


Apoyado en su bastón
Rav Azriel Ariel

Muy bien hizo la organización “BeMaagalei Tzedek” que eligió el shabat en que se lee Parashat Mishpatim como el momento apropiado para tratar el tema de la justicia en la sociedad. Y este año se centra en el doloroso tema del lugar de los inválidos en la sociedad en la que vivimos. Y en este artículo intentaremos hablar de la cuestión básica: Acaso la preocupación por el inválido es un asunto de “justicia” o de “caridad”?.
La Torá, en la Parashá de esta semana, hace responsable del inválido al que lo lesionó: “Si se levantare y anduviere afuera apoyado en su bastón, será libre [de pena de muerte] aquel que lo hirió, sólo le pagará el tiempo perdido, y hará que lo curen completamente” (Shmot 21:19). El que lo hirió, debe pagarle nezek, tzaar, ripui, shebet y boshet (cinco tipos distintos de multa). Pero con eso no alcanza para solucionar todos los problemas del inválido: El nezek (daño) que debe pagarle no alcanza para compensar la capacidad de trabajo que perdió. El shebet (cesado de trabajo) que debe pagarle se limita sólo al período en que se recupera de su lesión - pero no para el resto de su vida. Es muy probable que si el que lo hirió desea hacer lo correcto – y no solamente cumplir con la obligación formal que el juzgado le impone – deberá pagarle mucho más. Pero cuando el versículo limita su responsabilidad – diciendo “sólo le pagará…” – nos enseña que no se lo obliga a solucionar todos los problemas que surgen a raíz de la lesión, incluso cuando el agresor es culpable de ello. Y por supuesto que no se le impone una obligación legal o formal de ese tipo a la sociedad en general. Y quizás podemos decir que la Torá nos invita a ver la calidad de vida del inválido como un desafío conjunto de ambos: El que produjo el daño – que lleva la responsabilidad formal – y también la sociedad – que lleva la responsabilidad moral, informal. Y quizás eso es insinuado por nuestros sabios, cuando no interpretaron la expresión “apoyado en su bastón” en forma textual, sino que dijeron que se está hablando en caso que se levanta y se pasea “valiéndose por sí mismo”. Y con eso quieren decir que también cuando vemos a alguien que logra andar apoyado en su bastón, se está valiendo de por sí mismo.
La responsabilidad de la sociedad - preocuparse por los inválidos dentro de ella - no se encuentra en el plano de la “justicia”, sino que sobre todo en el plano de la “rectitud”. La responsabilidad de la sociedad por los inválidos no parte de los “derechos” de estos – como se acostumbra a pensar en la sociedad moderna – sino que de la “hermandad”. La mitzva de la limosna, por ejemplo, no tiene por cometido generar una igualdad en el plano económico de todos los integrantes de la sociedad, ni tampoco expresar la compasión de la persona sana y rica por el que no tuvo mucha suerte. La mitzva de la limosna expresa el sentimiento de hermandad entre el que dona y el que recibe: “Si prestares dinero al pobre de entre Mi pueblo que habita contigo…” (Shmot 22:24) – nos ordena la Torá. La cuestión de los derechos es en esencia universal, y no diferencia entre personas de un pueblo u otro, entre el que está cercano (desde el punto de vista familiar, social o incluso
físico) o el que se encuentra lejano. La compasión tampoco diferencia mucho entre una persona u otra, y es motivada sobre todo por la intensidad del sufrimiento que es puesto en evidencia. Pero la hermandad depende mucho de la cercanía personal entre el que entrega y el que recibe (como nos enseñan las reglas, “tus pobres anteceden”, “los pobres de tu ciudad anteceden”, etc.), y en base a ella es mucho más fácil establecer cierta comunicación, que permita determinar el tipo y estilo de entrega adecuado.
De acuerdo a ello, podremos definir de otra forma nuestra responsabilidad para con los inválidos que viven con nosotros. Si partimos del punto de vista de los derechos, será natural entonces que todo dueño de negocio o propiedad esté obligado a facilitarle el acceso a los inválidos. Pero si partimos del punto de vista de la hermandad - si bien es cierto que debemos posibilitarle el acceso al inválido
, por qué justamente el dueño es el encargado de ello?. Si la familia cercana del inválido tiene los medios, y pueden participar en la construcción de una rampa, por ejemplo, será más correcto que ellos tomen parte de la responsabilidad. También la comunidad en la que vive el inválido debe ser solidaria, y garantizar el acceso del inválido según las posibilidades a su alcance. Y si tampoco la comunidad puede ayudar a “los pobres de tu ciudad”, lo correcto será que la “gran comunidad” – el estado, que actúa como quien se preocupa también de los pobres de otra ciudad – llegue a socorrerlo. El dueño del negocio no tiene la obligación de tomar más responsabilidad por la comodidad de los inválidos que los demás!. Pero en muchos casos su preocupación en las fases de la programación y la construcción le permitirán hacer para con ellos una gran bondad, con una pequeña inversión – y todos debemos alentarlo a ello.
Una consecuencia de todo eso es que el centro de gravedad de la responsabilidad social debe ser depositada en todas y cada una de las personas que la componen - y no sobre el sistema o los dueños de los negocios: Entre otras cosas, se puede dar prioridad a la compra en lugares que se preocupan por proporcionarle acceso al inválido. Como fieles hermanos, todos debemos ser concientes y tener presente l
os difíciles y complejos problemas a los que nuestros hermanos inválidos deben hacerle frente en el desafío de la vida. Y en base a ello, cada uno de nosotros debe verse a sí mismo como responsable en forma personal de darles sostén, calidez y amor, y proporcionarles una calidad de vida lo más alta posible. Una calidad de vida que ellos se merecen - sin dudas! - como amadas personas que fueron creadas a “imagen y semejanza Divina”. 

Mazal Tov!

Felicitaciones para Rav Daniel Rotenberg y toda su familia,
en ocasión de la Bar Mitzva de su hijo

Iedidia
Les desean el Departamento de Habla Hispana de Majón Meir
y la Midrashá de Majón Orá 


Rav Shlomó Aviner Sólo jueces nuestros
Rav Shlomó Aviner

“Y estas son las leyes que pondrás delante de ellos” (Shmot 21:1): “Delante de ellos – y no delante de gentiles. E incluso si tú sabes que en determinado caso ellos juzgan como determinan las leyes de Am Israel (el Pueblo de Israel), no lleves tu pleito a un jurado de gentiles. Porque el que lleva su pleito frente a los gentiles profana el Nombre de D’s, y honra el nombre de otros dioses” (Rashi, Torat Jaim del Mosad HaRav Kuk).
“Delante de ellos – y no delante de gentiles. Otra interpretación: Delante de ellos – y no delante de ignorantes” (Guitin 88B).
“Todo el que juzga según las leyes de los gentiles, o lleva su pleito a un jurado de gentiles, incluso si juzgan ese caso particular como las leyes de Am Israel, es un Rrashá (malvado). Y es como si hubiese blasfemado y pisoteado la Torá que nos entregó nuestro Rav Moshé. Como dice el versículo: ‘Delante de ellos’ – y no delante de los gentiles” (Ramba”m, Hiljot Sanhedrin 26:7).
“D’s no lo permita, no se debe juzgar según las costumbres de los gentiles. E incluso si ambas partes se pusieron de acuerdo al respecto. Eso fue justamente lo que la Torá nos advirtió cuando dijo ‘y estas son las leyes que pondrás delante de ellos’ – y no delante de gentiles. Y todo el que dice que está permitido, porque la regla es que ‘las leyes del reinado tienen vigor’, se está equivocando, y es un ladrón. Y D’s no lo permita, que el pueblo kadosh (santo) se conduzca según las costumbres y las leyes de los gentiles. Y el que así hace, derrumba las murallas de la Torá y la religión. Y si ahora agregarán más pecados, arrancando de cuajo las leyes de la herencia de nuestra Torá kdoshá (santa) valiéndose del bastón endeble de ese argumento, es como si arrancasen todas las leyes de la Torá entera, como si dijesen: Para qué necesitamos los libros santos que escribieron nuestro santo Rav, y después nuestros sabios Amuraim, y Rabina y Rav Ashi, y les enseñarán a sus hijos las leyes de los gentiles, y se construirán atrios en las escuelas de los gentiles – D’s no lo permita!, no se hará algo así en Am Israel
. No sea que la Torá se vista de saco por culpa de ellos” (Shu”t HaRashb”a. Es citado por el Beit Iosef, Joshen Mishpat 26).
“Porque si no, anulas – D’s no lo permita! – todas las leyes de Am Israel” (Darkei Moshé, Joshen Mishpat 369).
“Que no juzguen según las leyes de los gentiles, porque de esa forma anulan todas las leyes de Am Israel” (Shuljan Aruj, Joshen Mishpat 369:11, acotación).
“Por supuesto, a ningún judío realmente religioso se le podría haber ocurrido que el Estado Judío abandonar
ia su fuente de vida, nuestra Torá kdoshá, y cavaria otros pozos y utilizaria las leyes de otro pueblo. Esa fue una terrible rebelión por dentro, y una espantosa Profanación del Nombre de D’s por fuera. Eso fue como divorciarse – D’s no lo permita – de la Torá de Am Israel... e incluso si esas leyes fuesen muy agradables, son inaceptables desde el punto de vista nacional, y sobre todo religioso. Es justamente por ello que todos los antiguos padres de Am Israel hicieron escándalos cuando alguien se  dirigió a un juzgado de gentiles, incluso si juzgan ese caso como nuestras leyes, y por supuesto si no lo juzgan de esa forma. Y en mi opinión, tratándose de todo Am Israel que se encuentra en su tierra, y como tal juzga seún leyes ajenas es mil veces peor que una persona, o algunas personas, o una colectividad entera de Am Israel presente sus pleitos frente a juzgados gentiles. Acaso no hay un D’s de Am Israel?!” (El Gaón, Rav Hertzog, HaTorá VeHaMediná, Tomo 7, 9-10).
“Y no hay ninguna diferencia si se presenta frente a un jurado de gentiles, o frente a un jurado de judíos que se rigen según leyes inventadas. Y es peor todavía, porque sustituyen las leyes de la Torá por leyes sin ningún valor. Y si todas las personas de la ciudad se pondrán de acuerdo al respecto, su consentimiento no tiene ningún valor. Y si obligarán a los demás a juzgar según esas leyes, son juzgados de ladrones, y pisotean la Torá que nos entregó Moshé” (Jazon Ish, Sanhedrin 15 al final del inciso 2).
“No lisonjeamos a los herejes – D’s no lo permita! – hay en el Estado de Israel cosas muy dolorosas, que son una Profanación del Nombre de D’s muy grande. Sobre todo, dos terribles problemas: El sistema judicial del estado utiliza la ley Romana, Otomana y Británica – y sea incluso también la Otentota! – mientras que
el sistema judicial auténtico de Am Israel, según el Joshen Mishpat (sección de la halajá que trata de las leyes), no es utilizado...” (Nuestro Rav, el Rav Tzvi Iehudá Kuk. LeNetibot Israel Bet 160).
“Por el contrario, esa es la gravedad del asunto, porque de momento que los jueces son judíos – y fueron encomendados juzgar según las leyes de la Torá cuando esta fue entregada en el Monte de Sinai... mientras que ellos abandonaron la fuente de vida, el Talmud y los sabios de la halajá, y cavaron pozos secos que no tienen agua, y juzgan según las leyes de los gentiles, y según sus jueces y sus libros de juicio, por ello es siete veces más severo que ser juzgado por jueces gentiles – que nunca fueron encomendados juzgar según las leyes de nuestra Torá” (El Gaón, Rav Ovadia Iosef, Ijve Daat Dalet 65).
Y véase también:
El Gaón, Rav Iaacov Ariel, Tjumin 1:319.
El Gaón, Rav Avraham Shapira, Tjumin 3:239.
El Gaón, Rav Mordejai Eliahu, Tjumin 3:244.
El Gaón, Rav Zalman Nejemia Goldberg, Tjumin 4:342.
El Rav Shojetman, Tjumin 13:337.
Sólo si alguien se niega a ser juzgado por un jurado de Rabanim (Rabinos), se puede permitir demandarlo frente a un jurado de otro tipo.

Departamento ibero-americano

Majón Meir abrió sus puertas para alumnos ibero-americanos de habla hispana y portugués, y te invita a tener esta experiencia única de estudiar Torá en su ambiente tan especial en la ciudad de Ierushalaim.
El programa - dirigido por el Rav Rafael Spangenthal - está destinado para jóvenes de diecisiete años en adelante que desean reforzar su identidad judía por medio del estudio de la Torá en un marco agradable, que enfatiza el valor de nuestros lazos con el pueblo, la Torá y la Tierra de Israel.
Para aquellos que lo deseen, existe también en el Majón un ulpán de hebreo bajo la órbita del Ministerio de Educación.
Para más información los invitamos a llamarnos o escribirnos:
Director del Departamento ibero-americano
Rav Rafael Spangenthal
Tel.: 972-8-9285216
Cel: 972-52-4501467
E-mail:
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